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jueves, 24 de diciembre de 2009

LA CADENA DE LOS TERRORISTAS SUICIDAS CON 6 PARES DE CALZONCILLOS, condenada por el Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid



El director y el jefe de informativos de la cadena Ser, condenados por filtrar

Un juez dicta pena de prisión de un año y nueve meses por «revelación de secretos

EL MUNDO

Madrid

El Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid ha condenado al director de la Ser, Daniel Anido, y al director de informativos de la cadena, Rodolfo Irago, a un año y nueve meses de prisión y a la inhabilitación para el ejercicio del periodismo, como autores de un delito de «revelación de secretos» por desvelar una lista de afiliaciones irregulares al PP de Madrid, según informó ayer la Ser en un comunicado.

Los hechos se remontan al 17 de Junio de 2003, cuando la emisora informó de una denuncia que formuló ante los órganos internos del partido la entonces presidenta local del PP de Villaviciosa de Odón, Pilar Martínez, que en varias cartas dirigidas al secretario general del partido en Madrid, Ricardo Romero de Tejada, le pedía que garantizase el proceso electoral interno que vivía la agrupación local, tras haber constatado la existencia de una oleada de afiliaciones irregulares con las que se pretendía alterar el equilibrio interno del PP en Madrid.

La Ser dio la noticia de las presuntas irregularidades por radio y en su página web la acompañó de las cartas de Pilar Martínez y de la lista con los nombres de los 78 afiliados presuntamente irregulares.

Durante el juicio, celebrado el pasado 19 de Octubre, Martínez ratificó los hechos difundidos por la Ser y recordó que se había dirigido a Romero de Tejada para denunciar los hechos, que tenían como telón de fondo un asunto de corrupción urbanística. En la sentencia, el juez afirma que «no puede negarse que era un hecho noticiable», como los reconoció la propia Pilar Martínez «en su declaración en calidad de testigo», y que los acusados «podían honestamente pensar que, publicando o cediendo para su publicación la lista de los presuntamente afiliados irregularmente, cuya denuncia ciertamente les constaba, informaban a la opinión pública de algo que la misma tenía derecho a conocer».

Sin embargo, el magistrado matiza que lo noticiable no era la afiliación al PP de determinadas personas, revelando sus datos, aunque estas fueran presuntamente irregulares, sino la mera denuncia de la existencia de irregularidades. El magistrado considera que la acción de los acusados constituye un delito de revelación de secretos tipificado en el artículo 197 del Código Penal, y argumenta que «ordenasen los acusados la publicación de la mentada lista en la página web de la Ser o la cediesen para su publicación, lo cierto es que se trata de una cesión universal por cuanto tiene acceso a la citada información todo el que la quiera ver; esto es, es libre», y añade a continuación que «la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión, radio o prensa escrita), pero debe matizarse, que internet, no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal».

La condena impone también a Anido e Irago el pago de una multa diaria de 100 euros durante seis meses y de una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los denunciantes. La Ser ya ha anunciado que recurrirá la sentencia

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