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viernes, 20 de noviembre de 2009

CORRUPCIÓN EN EL GOBIERNO SOCIALISTA BALEAR: El tribunal de cuentas balear censura a Munar




Denuncia que dio 440.000 euros a dedo y «sin facturas» a una productora investigada

EDUARDO COLOM / EDURNE URREIZTIETA

Palma

La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, el organismo encargado de auditar las cuentas públicas de la Comunidad Autónoma, acaba de denunciar en un informe que la ex presidenta del Consell ahora imputada en un caso de corrupción, Maria Antònia Munar, abonó de forma irregular al menos 440.000 euros a la productora de televisión Vídeo U, que surtía de contenidos audiovisuales a la cadena pública que ella misma impulsó desde la institución.

Esta productora está siendo investigada por un juez de Palma y el Grupo de Delincuencia Económica de la Policía, por orden de la Fiscalía Anticorrupción, requisó recientemente en su sede diversos contratos en el marco de la operación Maquillaje. La compañía, según desveló EL MUNDO, está participada en una cuarta parte por un gestor de los negocios particulares de Miquel Nadal, vicepresidente del Consell durante el mandato de Munar.

Según revela en su último análisis la Sindicatura, el Tribunal de Cuentas balear, hubo dos pagos de 270.000 y 170.000 euros respectivamente realizados durante el ejercicio 2006 por el Consell de Mallorca, entonces presidido por Munar, a la citada empresa. Ambos pagos se produjeron sin que consten «facturas, ni originales ni copia, sino una relación de gastos diferentes de aquellos que figuran en el presupuesto de gastos presentado», según indica el informe de fiscalización, al que ha tenido acceso este diario.

Asimismo, los auditores públicos denuncian que no estaba motivado el mecanismo recurrente que se empleó para pagar con fondos públicos a esta productora: mediante subvenciones nominativas. O sea, a dedo. Un procedimiento que habitualmente la ley circunscribe a casos urgentes e inaplazables pero que, como especifica también la Sindicatura, se usó en un 80% de los casos aquel año.

En el caso de los pagos a Vídeo U, ni «están determinadas las razones de la exclusión del principio de concurrencia» ni «se trataba de pagos inaplazables».

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