ECONOMÍA: Casimiro García-Abadillo: Las banderas rojas del 'escándalo Madoff'/ Miedo al despido/ Blesa será inhabilitado

48.000 ocupados buscan un nuevo empleo por miedo al despido
En noviembre, un 17% de los demandantes tenía otro contrato de trabajo El 90% de los que acudieron al Inem procedía del sector de los servicios
FRANCISCO NUÑEZ
MADRID.- El número de ocupados que se inscribe en las oficinas de empleo para solicitar otro trabajo aumentó espectacularmente en noviembre, el mes en que se registró el segundo incremento de paro más elevado (detrás del registrado en octubre) de la historia estadística.
Según datos del Ministerio de Trabajo, en este mes se apuntaron en el Inem cerca de 48.000 trabajadores demandando empleo (en concreto, 47.885) -no aparecen en la lista de parados porque mantienen una relación laboral con su empresa-. Nunca hasta ahora se había producido un incremento tan elevado en sólo un mes.
¿Cuál es la causa? El miedo a quedarse en el paro de quienes tienen aún empleo. Según el último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), la preocupación de los españoles a quedarse sin empleo alcanzó cotas históricas en noviembre.
El 71,5% de los encuestados, seis puntos y medio más que el mes anterior, identificaron el paro como el principal problema de España. Así, si en octubre había 661.239 trabajadores que buscaban otro empleo, en noviembre aumentó hasta los 709.124, un 7% más. Se trata de más de 17% del total de trabajadores que buscan empleo.
En este mes, la cifra total de demandantes de empleo alcanzó los 4.122.524 (otro récord histórico). En esta cifra, además de los 2.989.269 parados y de los que buscan otro empleo, se incluyen otros colectivos que, técnicamente, no son parados para el Inem: los 264.538 trabajadores eventuales agrarios subsidiados (TEASS) de Andalucía y Extremadura, y los 159.593 demandantes que piden trabajos con «disponibilidad limitada», como sólo a domicilio, teletrabajo o por ejemplo en el extranjero.
Nunca se había llegado a esta cifra de trabajadores que buscan otro empleo mientras figuran contratados en otro. En general, el número se mantenía más o menos estable en la frontera de los 600.000 cuando la economía crecía exponencialmente. El motivo es que algunos colectivos, sobre todo los más jóvenes, querían mejorar económica y profesionalmente en otro empleo.
Sin embargo, ese número empezó a aumentar, paulatinamente, a medida que se detectó la desaceleración, y en mayor proporción con la crisis y la situación de recesión.
De estos casi 48.000 nuevos demandantes de otro empleo en noviembre, el 96% eran mayores de 25 años y del total el 54% eran mujeres. Por sectores, es en servicios, es decir, el que da empleo al 60% de la población y donde en número empieza a concentrarse el ajuste, donde más ha aumentado la necesidad de cambiar de empresa por lo que pueda pasar. El 90% del aumento el mes pasado procede de este sector.
A FONDOLas banderas rojas del 'escándalo Madoff'

No lo podía creer. Pero estaba en la portada del Financial Times del 24 de diciembre. Bill Brodsky, el presidente del Chicago Board Options Exchange, el mayor mercado de opciones de Estados Unidos, decía en una entrevista que el escándalo de Madoff había sido posible porque los inspectores de la SEC (la Comisión de Valores norteamericana) no tenían suficiente experiencia. «Los encargados de hacer las investigaciones no tienen ni idea de qué preguntar. Son jóvenes, con frecuencia no ganan mucho dinero y no saben cómo funcionan los instrumentos que investigan. ¿Cómo es posible que se contrate a jóvenes que acaban de salir de la Universidad y se les ponga a trabajar con cosas con las que nunca han tenido contacto?». Eso decía el bueno de Brodsky. Y, por increíble que parezca, tal vez tenga razón. Les diré por qué.
Yo había leído la historia de Harry Markopolos en The Wall Street Journal (19-XII-2008), el broker de una firma
rival que había investigado a Madoff durante años y que en noviembre de 2005 remitió un escrito a la SEC denunciando sus malas prácticas. Pero no había tenido ocasión de ojear sus sabrosos 19 folios hasta hace unos días.
Si después de examinarlos con detenimiento, la SEC no puso inmediatamente fuera de juego a Madoff, o bien los que le investigaron eran los más imberbes de su curso, o bien ese año cobraron un bonus extra y no precisamente de su empresa.
En su documento, Markopolos da 29 razones (él las llama red flags, banderas rojas) para llegar a una conclusión con dos posibles y únicos escenarios:
- Madoff actúa como broker utilizando la estrategia conocida como front running, que consiste en utilizar la información de las órdenes de sus clientes para posicionarse y obtener así un beneficio ilícito según la ley americana (Sección 21 A -e- de la 1934 Act).
- Madoff Securities es el mayor fraude piramidal del mundo (Ponzi scheme, conocida así en EEUU por el fraude montado por Ponzi a principios del siglo pasado).
Ya hace tres años, Markopolos estimaba que Madoff gestionaba entre 30.000 y 50.000 millones de dólares. Acertó de pleno: según confesó el magnate a sus propios hijos, el fraude organizado por él se elevaría a 50.000 millones de dólares.
¿Cuáles eran esas banderas rojas que Markopolos agitaba ante la SEC para que el regulador se pusiera manos a la obra y evitar así que la pirámide siguiera creciendo?
Madoff no detallaba a sus clientes las comisiones que cobraba. Es decir, que, haciendo cuentas, si daba una rentabilidad anual en torno al 12%, la rentabilidad real -restando esas comisiones- tendría que haber sido del 16%.
Otra cosa sospechosa. Los fondos manejados por Madoff, por ejemplo el Fairfield Sentry, que aquí en España vendía a los ricos españoles Andrés Piedrahita, no especificaban quién los gestionaba. Su nombre se mantenía en secreto. Markopolos se pregunta si tanto secretismo no sería porque Madoff quería mantenerse oculto ante la SEC.
Pero sigamos. Madoff tenía que haber acaparado todo el mercado de opciones para obtener la rentabilidad que declaraba para fondos que alcanzaron los 50.000 millones de dólares. No se puede entender cómo obtuvo rentabilidades constantes durante la crisis asiática de 1997, durante la crisis de deuda de Rusia y el batacazo del Long Term Capital Management, de 1998, o durante el estallido de la burbuja tecnológica entre 2000 y 2002. «Es increíblemente bueno para ser cierto», asevera Markopolos en su informe a la SEC.
Matemáticamente es imposible (utilizando una estrategia de split-strike conversion: posicionarse con opciones de compra y de venta con los valores más líquidos de la bolsa) acertar prácticamente siempre. Durante los 14,5 años que investigó Markopolos, Madoff sólo registró pérdidas en siete meses y la mayor fue de 0,5 puntos. «O es el mejor gestor del mundo o es un fraude», afirma Markopolos.
Otra bandera roja la constituyen dos artículos publicados a principios de la pasada década: uno de Erin Arvedlund en Barron's y otro de Michael Ocrant en MAR Hedge, que concluían que Madoff era un fraude.
Markopolos asegura que los únicos ingresos reales de Madoff los obtenía con operaciones de front running, pero que esto no es incompatible con su convicción de que el negocio en su conjunto era una gigantesca pirámide en la que las inversiones de unos clientes pagaban las rentabilidades de otros.
Con ironía, el denunciante, que afirma sentirse como el protagonista de la historia de Pedro y el lobo, cuenta que algunos de los colocadores de los fondos que gestionaba Madoff le dijeron que éste, para asegurar la nula volatilidad, subsidiaba a sus clientes cuando bajaba la bolsa. En todo caso, eso sería un fraude por engañar a la SEC. Pero, naturalmente, Markopolos no es tan ingenuo como para creerse ese cuento: «Me gustaría creer en la historia del rantoncito Pérez, pero dejé de creer en ella cuando vi a mi madre poner dinero debajo de la almohada una noche», bromea Markopolos.
Ahora todo el mundo se echa las manos a la cabeza cuando se ha conocido la falta de transparencia de la trama. Pero el denunciante ya advirtió en su informe que la firma de Madoff no tenía auditorías externas. Y cuenta cómo un fondo con base en Londres que movía dinero de países árabes pidió auditar las cuentas y en Nueva York le dijeron que sólo su cuñado tenía acceso a ellas por «razones de confidencialidad». Por absurdo que parezca, tras la conversación, dicho fondo invirtió 200 millones de dólares en Madoff Investment Securities.
«Sólo la familia Madoff tiene acceso a su estrategia». ¿Acaso no es eso sospechoso?
Markopolos, que mantuvo diversas conversaciones con expertos en hedge funds, aportó a la SEC algunos nombres que podían confirmar sus sospechas siempre que se mantuviera la confidencialidad: Leon Gross (director general de Citigroup); Joanne Hill (vicepresidente de derivados de Goldman Sachs) y Walter Hastlett (dueño de Write Capital Management).
Markopolos, que no firmó su informe para proteger su seguridad personal, y que sólo estuvo dispuesto a revelar su identidad ante el responsable regional de la SEC de Nueva York, pedía una acción inmediata del regulador y advertía de los peligros del derrumbe de la pirámide para el mercado de opciones y la industria de los hedge funds.
Aunque parezca mentira, la investigación de la SEC se cerró en 2006 con un ligero tirón de orejas para Madoff. En su informe, la SEC reconoce que el financiero jugaba al despiste y que sus fondos ocultaban que él era quien los gestionaba y que había violado varias disposiciones regulatorias. Pero ahí acabó todo.
Seguramente Brodsky tenga razón y los inspectores de la SEC no fueran más que unos pardillos. Pero uno no deja de sorprenderse de cómo en un mercado tan sofisticado, en el que se supone que todo está medido y gestionado por personas de grandes conocimientos, pueden pasar estas cosas. Cómo nadie ha podido sospechar que el milagro de la rentabilidad constante y segura no podía esconder más que un gigantesco fraude.
casimiro.g.abadillo@el-mundo.es
Los afectados por el 'caso Madoff' en España preparan demandas contra los bancos
Las reclamaciones se sumarían a la investigación que ha abierto la Fiscalía Anticorrupción
CRISTINA CABALLERO
MADRID.- Comienza la lluvia de demandas en relación a los últimos escándalos en el sector financiero. Varios despachos de abogados están preparando acciones legales contra las entidades que distribuyeron en España fondos fraudulentos de Bernard Madoff, considerada la mayor estafa piramidal de la historia.
Las demandas se sumarían a la investigación que abrió la semana pasada la Fiscalía Anticorrupción, que investiga si las entidades que vendieron los fondos contaminados en España fueron cooperadoras de la estafa.
Uno de los despachos de abogados que estudia la presentación de acciones legales es el bufete catalán Jausas, especializado en asesoramiento jurídico financiero. El despacho ha recibido en sólo cinco días reclamaciones de afectados, de Madrid y Barcelona fundamentalmente, cuyas inversiones suman en total más de 20 millones de euros.
Los abogados estudian si presentan una demanda conjunta o diferenciada por cada entidad, ya que las ventas de fondos de Madoff adoptaron diversos formatos: se hicieron a través de fondos de pensiones, de sociedades de inversión colectiva, a través de productos financieros estructurados, etcétera. «Este tipo de inversiones son muy complejas, porque está el banco, la entidad que custodia, la aseguradora, y no siempre es fácil determinar de quién fue la responsabilidad», explica uno de los socios del bufete, Jordi Ruiz de Villa.
Lo que tienen claro los expertos jurídicos consultados es que hay indicios de que las entidades fallaron en la obligación de supervisión. «Con un mínimo de comprobación, o con una auditoría diligente, los bancos podrían haber visto fácilmente que los fondos Madoff no eran todo lo legales que decían», explica Ruiz de Villa.
Las entidades sobre las que se podrían dirigir las demandas son sobre todo Fairfield Greenwich, representada en España por el colombiano Andrés Piedrahita; el fondo Optimal y el banco privado Banif, estos dos últimos pertenecientes al Grupo Santander. Estas tres entidades fueron las que mayor volumen de dinero colocaron en los fondos fraudulentos. Además, lo hicieron directamente, sin intermediarios, lo que facilitaría a los abogados determinar la responsabilidad.
Exigen 100 millones de euros a Banif, Deutsche Bank y BankinterLas tres entidades distribuyeron productos vinculados a Lehman Brothers, en quiebra
CRISTINA CABALLERO
MADRID.- A las potenciales demandas por el 'caso Madoff' se suman también las acciones legales por la quiebra de Lehman Brothers, el que fuera uno de los mayores bancos de inversión de EEUU. Más de 100 afectados en España por la quiebra de Lehman han decidido reunirse y presentar una demanda conjunta contra Banif, Bankinter y Deutsche Bank, tres de las entidades que distribuyeron productos financieros vinculados al banco de inversión, que quebró el pasado 15 de septiembre.
La demanda, elaborada por el bufete Jausas en colaboración con el despacho Zunzunegui, se presentará en los próximos días, ya que «no ha sido posible llegar a un acuerdo con esas tres entidades, y han cometido muchas irregularidades de las que deben dar cuenta», según explica el bufete.
La inversión conjunta de todos los demandantes asciende a más de 100 millones de euros, y piden la devolución íntegra de todo el dinero. La base jurídica sobre la que se apoya la demanda es la deficiente información que obtuvieron los clientes en sus contratos. Las entidades, según los clientes, no les informaron de los riesgos que conllevaba la inversión. «Hay una entidad que tenía siete páginas de riesgo relacionado con el producto financiero de Lehman que vendía, pero al cliente no le dieron ninguna información», explica Ruiz de Villa. «Es como si te venden un coche sin volante y no te lo dicen».
Muchos afectados se sienten engañados por sus bancos, a los que acudieron con unos ahorros y se encontraron con que su dinero estaba invertido en unos productos de los que nadie les informó. «Hay personas a las que no les dieron contrato, otras a las que se les indujo a invertir en Lehman con malas prácticas, y también hay contratos en los que el nombre de Lehman no aparece por ningún sitio», explica el socio de Jausas.
La demanda de este bufete catalán se une a la que ya interpuso la asociación de consumidores Adicae en distintas provincias españolas contra Bankinter.
La exposición de fondos de inversión y de pensiones en España a la estafa perpetrada por Bernard Madoff y a la quiebra de Lehman Brothers supera los 500 millones de euros, según Inverco. Concretamente, el timo piramidal del broker estadounidense ha tenido un impacto de 143 millones de euros en inversores españoles, de los que 57 corresponden a fondos de inversión, 50 millones a Sicavs y 36 millones a fondos de pensiones.
En cuanto a la bancarrota del que fuera el cuarto banco de inversión de EEUU, el valor de los activos afectados es de 361 millones, de los que 243 millones están incluidos en fondos de inversión, 60 millones en fondos de pensiones y 58 millones en sicavs.
BATALLA INTERNA / Aguirre está dispuesta a aplicar el procedimiento sancionador si la entidad no respeta la nueva Ley de Cajas que aprobará hoy la Asamblea de Madrid / Sostiene que afecta de lleno a la renovación de cargos
Blesa será inhabilitado si se resiste a dejar Caja Madrid
CARLOS SEGOVIA
MADRID.- La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, no va a dar marcha atrás y aplicará todos los medios a su alcance para hacer que se cumpla la nueva Ley madrileña de cajas, incluida la inhabilitación de Miguel Blesa como presidente de Caja Madrid y la suspensión del ejercicio de sus funciones al frente de la entidad financiera. «El Gobierno de la Comunidad de Madrid hará cumplir la ley con todas las consecuencias», aseguraron ayer a este diario fuentes oficiales del Ejecutivo regional. «Con todas las consecuencias» incluye -en caso necesario que Aguirre no desea que se produzca- aplicar el procedimiento sancionador que faculta a su gobierno a suspender poderes e incluso inhabilitar a los cargos de Caja Madrid que no cumplan la legislación en los procesos de renovación electoral de la cuarta entidad financiera del país. Blesa sostiene que la nueva Ley de cajas que aprobará hoy la Asamblea de Madrid, con mayoría absoluta del Partido Popular, no afecta a la renovación de cargos que tendrá lugar en 2009, pero el Gobierno de Aguirre asegura que afecta de lleno y que deberá ser acatada.
La nueva legislación enmienda en parte la Ley madrileña de Cajas en vigor desde 2003, cuando era presidente de la Comunidad el actual alcalde Alberto Ruiz-Gallardón, pero mantiene intocable el procedimiento sancionador. Según el artículo 82 apartado i de la ley vigente, «será infracción muy grave la vulneración reiterada de las normas reguladoras de los procesos electorales para la elección y designación de los órganos de gobierno».
Según el consejero de Hacienda de la Comunidad de Madrid, Antonio Beteta, la nueva Ley madrileña de cajas que entra en vigor el próximo 1 de enero, se aplicará al proceso de renovación electoral de cargos de la caja previsto en la primavera de 2009. Es decir, que Blesa no podrá ser reelegido para el cargo si Aguirre no lo permite y el Ayuntamiento de Madrid verá sensiblemente recortado su poder en la entidad. Sin embargo, el presidente de Caja Madrid, con apoyo del alcalde de Madrid, interpretan que esa nueva legislación empezará a regular la renovación en 2015, puesto que el proceso ya ha sido iniciado y no se pueden aplicar normas con efectos retroactivos.
Blesa puede, por tanto, llevar a los tribunales a la Comunidad de Madrid, ignorar la nueva Ley e intentar dirigir el proceso electoral en 2009 sin proponer a la Asamblea de la caja tanto la entrada de las nuevas instituciones previstas en la reforma legal como del recorte de poderes del Ayuntamiento de Madrid. Pero eso sería considerado por el Gobierno regional como una vulneración de la normativa, puesto que una de las enmiendas que votará hoy la Asamblea fija que la reforma se aplica al proceso electoral que concluirá en 2009.
Falta muy grave
Por tanto, Blesa y los consejeros que lo apoyen incurrirían en una falta «muy grave». Aguirre puede elegir el siguiente menú de sanciones, según el artículo 86 de la legislación en vigor: «Multa a cada uno de ellos por importe no superior a 150.000 euros. Suspensión en el ejercicio del cargo por plazo no superior a tres años. Separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en la misma entidad por un plazo máximo de cinco años. Inhabilitación para ejercer cargos en cualquier entidad de crédito, con separación, en su caso, del cargo que ocupe el infractor en la Caja, por plazo no superior a 10 años».
Está claro que una multa de 150.000 euros para Blesa, que ingresa anualmente siete veces más, no sería un freno si él considera que tiene la razón, por lo que en el Ejecutivo regional asumen que, en caso extremo de desafío, sólo su suspensión e inhabilitación restablecería el orden. Se salvarán del castigo los miembros del consejo y de la Comisión de Control de la caja que «no hubiesen asistido a las reuniones o hubiesen votado en contra o salvado su voto en relación con las decisiones o acuerdos que hubiesen dado lugar a las infracciones».
Las fuentes consultadas aseguran que Aguirre no quiere llegar a ningún extremo y que espera que se cumpla la Ley. Lo que intentará en todo caso el Ejecutivo regional es separar las personas de la institución, porque si la Comunidad de Madrid considerara que es la caja la que comente la infracción, tiene derecho, según el artículo 85, a imponerla una multa de hasta el 1% de sus recursos propios e incluso la revocación de la autorización y dejarla sin ficha para captar clientes.
La carrera contrarreloj del presidente para burlar la reforma
MADRID.- El presidente de Caja Madrid inició la semana pasada una carrera para intentar que el proceso electoral de la entidad sea considerado formalmente abierto antes del próximo 1 de enero, en que entra en vigor la nueva Ley de cajas. El objetivo: burlar la reforma legal para que no le afecte ni a él ni a su aliado el alcalde de Madrid. Miguel Blesa ya logró el pasado 20 de octubre que el consejo de administración aprobara, por mayoría, iniciar los trámites y, con más apuros, la Asamblea Extraordinaria de la caja dos semanas después.
Pero ahora, para conseguir que el proceso quede formalmente abierto, necesita que tanto el Boletín Oficial del Estado como el de la Comunidad de Madrid publiquen su anuncio oficial. El BOE lo hizo el pasado sábado, pero no aún el de la Comunidad, que depende de Esperanza Aguirre. Blesa también intenta que se reúna mañana la Comisión de Control de la caja como Comisión Electoral, para que proclame abierto el proceso y que éste no será afectado por la nueva normativa.
Alberto Ruiz-Gallardón, apoya la maniobra y ha pedido a uno de sus representantes en la Comisión de Control, Fernando Serrano, que secunde la iniciativa. Pero el presidente de esta comisión -encargada de velar por la legalidad del proceso de renovación electoral de la caja- es Pablo Abejas, considerado de confianza de Aguirre.
Tribunal Supremo
El presidente de Caja Madrid también podría recurrir al Tribunal Supremo a pedir medidas cautelares contra la Ley, alegando una presunta lesión de derechos fundamentales de los que se presenten a las elecciones. Blesa cuenta con el jefe de su servicio jurídico, Enrique Latorre, y el bufete Uría y Menéndez como asesores.
Con todo ello, Blesa puede intentar una batalla legal contra Aguirre por imponer una legislación con efectos retroactivos y, mientras, intentar seguir en el cargo, apoyado en la misma coalición de los últimos meses, formada por Gallardón, Izquierda Unida y los sindicatos.
¿Y el PSOE? Uno de los consejeros socialistas de Caja Madrid, Antonio Romero, respalda a Blesa, pero no los otros tres, porque el líder del PSOE madrileño, Tomás Gómez, aunque cuestiona las formas de Aguirre, apoya que se recorte el poder de Gallardón y de Izquierda Unida en favor de su partido.
El presidente de Caja Madrid puede argumentar que la reforma legal que aprueba hoy la Asamblea de Madrid con la mayoría absoluta del PP es una norma lanzada ad hoc contra él y Gallardón en forma de intromisión política. Miguel Blesa fue nombrado en 1996.
LAS CLAVES
Poder regional: El art. 75 de la Ley madrileña de Cajas establece que «la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería competente, ostentará las funciones de disciplina y sanción respecto de las Cajas de Ahorros con domicilio social en la Comunidad de Madrid».
«Muy grave»: El art. 85, apartado i, califica de falta muy grave «la vulneración reiterada de las normas reguladoras de los procesos electorales para la elección y designación de los órganos de gobierno».
Inhabilitación: El art. 88.1 establece que podrán imponerse sanciones a quienes ejerciendo cargos de administración, de hecho o de derecho, en la misma, sean responsables de la infracción. a) Multa de más de 150.000 euros. b) Suspensión del cargo. c) Separación del cargo. d) Inhabilitación para ejercer cargos.
BATALLA INTERNA / Los efectosCaja Madrid: la historia se repite
IGNACIO DEL RIO
La modificación de la Ley de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid, que abordará hoy la Asamblea de Madrid, ha provocado la publicación en un diario nacional -el día 26 de diciembre pasado- del acuerdo de inicio del proceso electoral en Caja Madrid que fue adoptado por su consejo de administración el 20 de octubre, es decir, dos meses y seis días después de su adopción. Al mismo tiempo, Alberto Ruiz-Gallardón, por sí y ante sí, antes de la promulgación de la reforma legal y sin el sustento de un informe de la secretaría general del Ayuntamiento, que es la encargada de asesorar en Derecho a la corporación, ha decidido que esa norma entrará en vigor en el año 2015, «en el que previsiblemente, ya no seré alcalde».
Ni la publicación ni la declaración favorecen a Caja Madrid, entidad que cuenta con más de 150 años de vida, ni parecen ser buenas para favorecer la estabilidad financiera, tan vapuleada en el año que nos deja, y la tranquilidad de trabajadores e impositores. Por ello, situarse en un escenario estrictamente jurídico, sin manipular normas ni principios, puede aportar luz en el debate.
Las cajas de ahorro, que tienen la naturaleza jurídica de fundaciones privadas, están reguladas por la legislación del Estado con el carácter de básica, y la legislación de desarrollo, dictada por las comunidades autónomas, que junto a sus estatutos propios y reglamentos integran el Derecho que se les aplica. Sus órganos de gobierno están constituidos por la asamblea general (supremo órgano de gobierno y decisión), el consejo de administración y la comisión de control. La asamblea general, con 320 consejeros generales según los estatutos de Caja Madrid, está integrada por seis sectores: las corporaciones municipales, los impositores, las entidades fundadoras, la Asamblea de Madrid, los empleados y las entidades representativas de intereses colectivos.
La regulación de estos órganos rectores está contenida en la Ley 31/1985 modificada por la Ley 44/2002, ambas normas del Estado y por la Ley 4/2003 de la Comunidad de Madrid, que desarrolla la legislación básica. Como se ha señalado por la doctrina y por reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional (STC 49/1988,69/1988,98/2004), la legislación básica no puede descender a regulaciones de detalle que agoten la capacidad de desarrollo normativo de las comunidades autónomas ni vaciar de contenido sus competencias.
Hay que recordar que la Ley 44/2002 del Estado, aprobada por el entonces vicepresidente Rodrigo Rato, introdujo dos reformas significativas: primero, que la representación de las Administraciones Públicas y entidades de Derecho público no puede exceder del 50% de los derechos de voto en los órganos de gobierno de las cajas y, en segundo lugar, que la duración del mandato de los consejeros generales, miembros de la comisión de control y vocales del consejo de administración no podrá exceder de 12 años, continuos o interrumpidos, debiendo transcurrir ocho años desde su cese para que puedan ser reelegidos.
La Ley 4/2003 de la Comunidad de Madrid, dulcificó esta norma con una disposición transitoria que estableció para los que hubieran cumplido los 12 años a su entrada en vigor «o que lo cumplan durante el periodo electoral vigente a 31 de diciembre de 2003 (que) podrán permanecer en el cargo durante tal mandato y uno más, si resultasen elegidos por la representación que ostenten». El periodo electoral vigente a 31 de diciembre de 2003 es el que determinó el nombramiento de Miguel Blesa como consejero general y vocal del consejo de administración -siendo elegido en su seno como presidente- y este periodo electoral finaliza con la renovación de los sectores de las corporaciones locales, la Asamblea de Madrid y las entidades representativas, que cumplen durante 2009 los segundos seis años de mandato. El actual presidente de Caja Madrid cumplirá 12 años en el cargo en 2009 y más de 15 años como vocal del consejo de administración.
La Ley 44/2002 del Estado no estableció ninguna disposición transitoria cuando reguló la duración máxima de mandatos (12 años) y la limitación del 50% en los derechos de voto ligados al sector público, concediendo un plazo de seis meses para adaptar tanto la legislación autonómica como los estatutos de las cajas. Su entrada en vigor, por tanto, supone la aplicación de la doctrina que el profesor De Castro calificaba como de «eficacia inmediata de la norma», que afecta a las situaciones jurídicas que existen en ese momento, sin que pueda conceptuarse como un caso de retroactividad. Así sucede en nuestro ordenamiento jurídico con las normas que regulan la edad de jubilación de funcionarios o trabajadores y que han sido ratificadas por sentencias del Tribunal Constitucional que han declarado que, de seguirse otra interpretación, se impediría al legislador modificar situaciones existentes.
Lo sorprendente de esta situación -más próxima al enrocamiento personal que a la razón jurídica- estriba en que para evitar supuestamente la aplicación de una norma, el consejo de administración acuerda el inicio del proceso electoral el 20 de octubre de 2008 -un año antes de que finalice el mandato de los consejeros generales- y se convoca una asamblea general para designar a las entidades representativas sin esperar al propio itinerario procesal que establece el reglamento electoral de Caja Madrid en su artículo 29.
Este acuerdo de inicio del proceso electoral se ha publicado dos meses y seis días después de su adopción. Un acuerdo que no es ad libitum del consejo de administración (como es el que tiene el presidente del Gobierno para disolver las Cortes), sino que está vinculado a la duración de los mandatos de los sectores a renovar, que tiene carácter irrevocable y no puede ser reducido. El cese del consejo de administración se produce, más allá de otras causas, por el cumplimiento del plazo, finalizando su mandato en la fecha de constitución de la asamblea general en que hayan de tomar posesión quienes les sustituyan.
Atribuyéndose más prerrogativas que las que tiene el presidente del Gobierno para disolver las Cortes -facultad constitucional que está sujeta a un proceso electoral reglado, ya que las elecciones se celebran entre los 55 y 60 días posteriores a la publicación del decreto de disolución-, Blesa entiende que puede acordar el inicio del proceso electoral un año antes (cuando siempre se ha adoptado en el mismo año en que procede la renovación) de manera parcial (anticipando la renovación del sector de las entidades representativas), publicarlo dos meses después y efectuar la renovación electoral en el mes de septiembre de 2009, que es cuando previsiblemente debe cumplir las disposiciones legal y estatutaria y convocar la asamblea ordinaria del segundo semestre. En el Derecho, cuando se utiliza una norma para conseguir un fin distinto del que pretendía la misma se habla de fraude de ley.
La otra objeción a la modificación legal, la limitación del 30% de los derechos de voto a los representantes de cada corporación municipal, que ha criticado Ruiz-Gallardón mal asesorado jurídicamente, no es más que la transposición de la limitación del 50% de votos de los representantes públicos y, comparativamente, está en el porcentaje máximo que han establecido otras comunidades: Cataluña el 20% y Andalucía el 25%.
Hay que recordar que la limitación de los derechos de votos está plenamente reconocida en las sociedades y en el sector financiero, unas veces impuesta por el regulador y otras veces por los propios estatutos. La Ley 44/2002 establece la representación de las corporaciones locales donde las cajas tengan oficinas abiertas, proclama el principio de representatividad de todos los grupos y reconoce la competencia normativa de las comunidades autónomas para desarrollar el procedimiento para elegir y designar a los consejeros generales y vocales del consejo de administración y «en particular el procedimiento de selección de las corporaciones municipales».
Otra cuestión es que todo este entramado estructural y normativo sea el más adecuado para unas entidades que representan el 50% del sector financiero y en unos tiempos en los que la globalización y la tormenta perfecta han resquebrajado el sistema y han sumido a todos en la desconfianza. La identificación de los derechos de propiedad -negociables, transmisibles y valorables objetivamente en los mercados- es la mejor manera de exigir responsabilidad a los gestores. Pero mientras eso no suceda, la designación de los órganos de las cajas está vinculada a los poderes políticos, por mucho que alguno vaya diciendo que debe su puesto «al mercado».
El 8 de septiembre de 1996, este periódico publicaba una información bajo el título «El largo adiós» en la que relataba la salida de Caja Madrid de Jaime Terceiro, apoyado tácitamente por el presidente de la Comunidad, a la sazón Alberto Ruiz-Gallardón. La crónica terminaba así: «Las argucias para que Terceiro cesara de su cargo son el reflejo de las posturas contrarias que sostiene el Gobierno de Aznar y el ejecutivo autonómico de Ruiz-Gallardón». La frase en la cabecera del diario ese día era: «El tacto es la audacia de saber de cuán lejos se puede ir» (Guy de Cars).
Ignacio Del Río es registrador de la Propiedad y consejero general de Caja Madrid.




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