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sábado, 8 de noviembre de 2008

TERRORISMO: Los peritos atribuyen al etarra De Juana la carta de su homenaje



Los peritos atribuyen al etarra De Juana la carta de su homenaje

ANGELES ESCRIVA

MADRID.-
Los peritos de la Guardia Civil han remitido al juez Eloy Velasco un informe en el que atribuyen al etarra De Juana Chaos la autoría de la carta que se leyó en el homenaje que se le tributó tras su salida de prisión.


Según la documentación a la que ha tenido acceso EL MUNDO, los expertos plantean dos hipótesis: la primera, que «la carta cuestionada se atribuye a José Ignacio de Juana Chaos»; la segunda, que «la carta cuestionada se atribuye a un tercero cuyo estilo de escritura fuera similar al de De juana Chaos». Planteadas las dos posibilidades, el informe indica a continuación: «La evidencia apoya preferentemente la hipótesis 1». Es un informe fechado el 1 de noviembre y que le fue remitido el jueves al magistrado de la Audiencia Nacional.

Con este informe, la Guardia Civil pone en manos del juez la base documental probatoria de que De Juana, a quien la Interpol intenta localizar en Irlanda del Norte, pudo incurrir en un delito de apología del terrorismo al escribir el mensaje, leído en su homenaje, en el que presuntamente enaltecía la figura del histórico dirigente etarra Txomin Iturbe. Para llegar a esta conclusión, los expertos han cotejado para la Guardia Civil el mensaje -en realidad se trata de un correo electrónico- con otros escritos suyos.

Por otro lado, fuentes de la Audiencia han apuntado que el juez se negará al aplazamiento de comparecencia solicitado por el presunto bufete irlandés del etarra.


El Supremo justifica la 'pena del banquillo' para los absueltos de la 'operación Nova'

Su «fanatismo» y «peligrosidad» hicieron que la actuación policial y judicial fuera «correcta»

MARIA PERAL

MADRID.-
Al principio fueron 45 detenidos por la Policía e imputados por el juez Baltasar Garzón. Con el paso del tiempo, se cayeron de la lista 15, y el instructor procesó a los otros 30, que tuvieron que sentarse en el banquillo. De ellos, la Audiencia Nacional condenó a 20, de los cuales la Sala Penal del Tribunal Supremo ha absuelto ahora a 14. Mientras tanto, han pasado cuatro años pendientes del proceso y la mayoría de ellos, en prisión preventiva.


Pese al desenlace de la operación Nova, presentada en su día como la mayor intervención contra el terrorismo islamista desde el 11-M y que ha resultado un fiasco, el Supremo afirma en la sentencia sobre el caso -hecha pública ayer- que la actuación policial y judicial «ha sido correcta». «Fenómenos de esta naturaleza», dice, «indudablemente merecen la atención social y criminológica y, sobre todo, vigilancia policial», ya que se trata de personas «fanáticas» que «pueden tener una cierta peligrosidad, sin descartar que en el futuro puedan realizar actividades delictivas graves».

La sentencia del Alto Tribunal, conocida un mes después de que se emitiese el fallo, señala que en este proceso, en el que se investigó la formación de células islamistas en diversas prisiones españolas, existen «numerosos datos que permiten sostener la proclividad de varias personas a la aceptación de doctrinas fundamentalistas de origen religioso que les lleva a considerar que todo aquello que es ajeno a sus creencias es un mundo pervertido y hostil que merece ser destruido».

Sin embargo, «ello no permite, en un Estado democrático que garantiza los derechos de todos los ciudadanos, que se puedan tipificar como actividad delictiva los desvaríos religiosos del cualquier índole que prediquen el odio al diferente». «Es la acción, y no el pensamiento, lo que, en principio, podría ser incriminado», señala el Tribunal, confirmando la doctrina sentada con ocasión del proceso sobre el 11-M.

«El derecho terrenal no castiga nunca por sí sola la voluntad mala», resume expresivamente la Sala. «El núcleo y la justificación del Derecho penal se encuentra cuando la acción (...) es perfectamente valorable y permite incluirla en un tipo penal aun cuando de esos comportamientos no se haya derivado un resultado».

En el caso de los 14 islamistas absueltos ahora, el Supremo no tiene dudas de la «admiración y sugestión de todos» por las ideas fundamentalistas, pero «no se encuentra [en la sentencia de la Audiencia Nacional] ninguna referencia a intervenciones concretas, más allá de la inmersión fanática» plasmada en «declaraciones y confesiones de creencias» que «no es posible convertir en un hecho delictivo de integración en banda armada».

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